Benedicto Vidal Ruiz

Reflexiones para una paz de artificios


LA LEY EN SANTO TOMAS DE AQUINO

Enviado por Benedicto Vidal Ruiz el sáb 03/11/2007 a las 20:00:00
Benedicto Vidal Ruiz
santo_tomas_y_la_virgen.jpgEn toda comunidad de seres libres que tienen dominio sobre sus actos, es necesaria la existencia de una norma que indique en que sentido debe orientarse esa actividad libre, de modo tal de indicar el sentido que se necesita para alcanzar la finalidad para la cual esos individuos han decidido vivir en comunidad. Ahora bien, este primer argumento viene a comprobar una vez más la existencia patente y potencia del alma racional como lo es la libertad humana y la capacidad del hombre de elegir libremente entre las posibilidades que conoce y desea, sin estar determinado por ninguna. Justamente porque el hombre es libre y puede incluso elegir una alternativa que no se oriente al bien personal o al bien común de la sociedad política, es que debe existir este marco regulatorio que emane de la razón y se oriente al bien común al que llamamos ley.

Características fundamentales de la ley

La ley debe ser obra de la razón

La ley es una especie de regla o medida de los actos, para lo cual alguien es inducido a actuar o impedido de actuar. La razón es regla y medida de los actos humanos puesto que es el primer principio de los mismos, puesto que la razón: ordena los actos hacia el fin debido, así queda establecido que la ley es algo que pertenece a la razón.

La ley debe ordenarse siempre al bien común

Así como la razón es principio de los actos humanos, así también en la razón hay algo que es principio respecto de todos los demás actos, por lo cual es necesario que la ley pertenezca a aquello que es lo más principal. El primer principio es el Fin Último, que es en el hombre según el patrono de todas las Escuelas y Universidad del mundo, la felicidad o bienaventuranza. Por la tanto es necesario que la ley se orienta al orden de hacer y conservar la felicidad personal y de la comunidad política. Solo así son legalmente justas las normas, en su orientación al bien común que es una finalidad común, no por comunicación genérica, ni específica, sino por comunicación de finalidad, en tanto que es la natural orientación humana al bien.

¿Es capaz la razón de cualquier particular de hacer la ley?

Ordenar la ley hacia el bien común es tarea de la comunidad o bien de quien hace la representación de esta, por lo tanto legislar pertenece a la comunidad o a la persona pública que tiene al cuidado la comunidad. Ahora bien, la ley se halla en un sujeto no solo activamente (regulando) sino que también pasivamente (por participación, como en sujeto regulado) y de este modo cada hombre sería para sí mismo su propia ley, en cuanto participa del orden establecido por aquel que le incumbe regular.
Ahora bien, Santo Tomás de Aquino se pregunta en “Del Reino” ¿Que conviene más a la ciudad: ser regida por muchos o por un único dirigente? Desde esta pregunta extraemos de la citada obra de nuestro Santo Patrono las siguientes consideraciones que pueden responder:

a) La intención de cualquier dirigente debe encaminarse a procurar la salvación de lo que ha aceptado dirigir.
b) Debe conservar la unidad de la comunidad social que se llama Paz. En cuanto más eficaz sea un régimen para conservar la unidad de la paz, tanto más será útil, pues entenderemos como útil en esta reflexión a lo que mejor lleva hacia el fin. Es más útil para llevar al fin uno que muchos, puesto que en este caso es más posible que uno procure de mejor manera la unidad de la paz de la comunidad, así es más útil el régimen de uno que de muchos.
c) De ningún modo podrían dirigir una multitud muchos si entre ellos disintieran totalmente; nos dice el aquinate que aquí se requiere unidad en la pluralidad para poder regir de algún modo, pues mucho no podrían llevar un barco a puerto si es que no estuviesen unidos de alguna manera. Así se dice que muchas cosas están unidas por aproximación a lo uno, por lo que es más conveniente que rija uno a muchos en cercanía de lo uno.
d) En todo régimen natural es propio que quien dirija sea uno. En el sistema circulatorio: el corazón; en el alma humana: la recta razón; entre las abejas hay una sola reina; en el Universo un solo Dios que es creador y rector de todas las cosas, explica el angélico. Este planteamiento responde a la lógica más pura pues toda multitud proviene de lo uno y toda virtud es mejor si es más una (no ambigua), y es mejor el efecto si es que se asemeja a su causa, tal como el hombre debe esforzarse por seguir el ejemplo de Cristo, el verdadero hombre; y como una obra de arte debe asemejarse a la naturaleza en tanto representación de ella, será más bella en cuanto más se acerque a lo uno. De todo esto se desprende que es mejor lo uno que lo múltiple, y que la comunidad llega de manera más óptima a su fin si es dirigido a él por uno que por muchos.

Definición de Ley

“(…) Un prescripción de la razón, en orden al bien común, promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad”

La ley en tanto es impuesta como regla y medida es menester que sea conocida por la comunidad. Así es propio que para que la ley tenga fuerza de obligar, que es lo propio de la ley, debe ser aplicada a los hombres. La aplicación se produce en la promulgación de la ley. Por lo que la promulgación es necesaria para que la ley adquiera su vigor.

Las tres leyes

La ley eterna

El orden político de la ley está inserto en el orden eterno y universal de la creación y la ley humana no es más que una participación de la ley eterna.
a) Es necesario entonces que el mundo esté regido por una divina providencia, pues todo el conjunto del universo está regido por la razón divina que tiene carácter de ley.
b) Esta ley no entiende nada en el tiempo sino que es eterna.
c) El fin del gobierno divino es Dios mismo, y su ley no es otra cosa distinta de ÉL. Por consiguiente la ley eterna no se dirige a otro fin que Dios mismo que es todo el Bien, del cual participan todos los demás bienes, por lo que no puede ser un bien honesto algo que sea contrario a Dios.
d) La ley eterna no es otra cosa que la razón de la divina sabiduría, en cuanto es directiva de todos los actos y movimientos. Precisamente, porque el hombre se mueve dentro de las cosas creadas, la ley humana solo tiene razón y fuerza de ley, en cuanto se conforma con la ley eterna.
e) Toda ley se deriva de la ley eterna en la medida que participa de la recta razón
f) Por otra parte todas las criatura pueden participar de don manera en la ley eterna:

I. Participar de ella porque conoce la misma ley
II. De las criaturas irracionales que están sujetas a la ley y que esta es el principio motor

En el hombre ocurre una doble participación de la ley eterna. Hay un doble sometimiento a ella: de la manera que participa por ser racional y conocer la ley y además participa llevando grabada en su misma naturaleza, cierta inclinación a aquello que es conforme a la ley natural.

La ley natural

El fundamento de la bondad o de la maldad de las acciones humanas tiene su fundamento en la propia naturaleza del hombre.

a) El hombre, ayudado de la razón puede ordenar y sistematizar las reglas y normas del funcionamiento de nuestra propia naturaleza, y a esa ordenación de la razón se le llama ley moral natural o, simplemente ley natural.
b) Ahora bien, podemos definir la ley natural como “(…) el conjunto de reglas o normas que el hombre descubre en su naturaleza y gracias a las cuales es capaz de dirigirse a su fin.”
c) Esta ley se llama natural, no por referencia a los seres irracionales, sino porque la razón que la que la proclama pertenece propiamente a la naturaleza humana. Des esto podemos desprender lo siguiente:

I. La ley natural supone una intrínseca ordenación de las facultades humanas hacia sus propios fines, especialmente de la inteligencia hacia el conocimiento de la verdad, y de la voluntad hacia el bien. Es por eso que las potencias del hombre no son anárquicas sino que se orientan a un fin claro guiado por la razón. Es por eso que cuando el hombre no usa sus potencias superiores rectamente y no las orienta al fin debido, está actuando en definitiva en contra de sí mismo. No está siendo verdaderamente un Hombre.
II. Los preceptos de la ley natural están grabados en la inteligencia y la voluntad de todo hombre. el hombre “advierte”, “estima” instintivamente que: ayudar a sus semejantes, decir la verdad, cumplir la palabra empeñadaSanto Tomás de Aquino, con respecto a la Sindéresis extraída de la ley natural se puede resumir en “Haz y persigue el bien y evita el mal”
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jennyfer gameros quiñonez el mié 04/11/2009 a las 22:53:18

hola me gustaria saber mas sobre de que manera es mas especifica la ley humana que la ley natural. bueno por mi parte es todo gracias


Pepe el dom 06/12/2009 a las 17:01:09

Hola amiga y compañera de foro, creo que esta pagina te podria venir bastante bien; www.google.com

 

Por cierto, estoy soltero! =D


carlos el mar 15/09/2009 a las 16:46:29

.:. te quiero preguntar q es la ley humana .:.


LILIAN MOLINAS el jue 18/06/2009 a las 19:31:33

HOLA ESTOY MUY CONTENTA DE HABER ENCONTRADO ESTE ESPACIO, ESTOY CURSANDO EL SEGUNDO  AÑO DE LA CARRERA DE DERECHO Y ME VA A SER MUY UTIL, ME PARECE MUY INTERESANTE SU EXPLICACION!!!


alejandra el vie 12/06/2009 a las 13:55:08

cual es la razón por la que se vuelve necesaria una ley del hombre (particular y concreta) en oposición a la existencia únicamente de preceptos a respetar de carácter universal y vacío como el de “no matar”.un ejemplo.


Maite el lun 18/05/2009 a las 19:22:07

Hola, me gustó mucho la síntesis que haces sobre la ley en Santo Tomás de Aquino. Yo había oído que Santo Tomás dijo que la ley es para la persona y no la persona para la ley. ¿Sabes donde puedo encontrar información al respecto? Mil gracias,

Maite


Benedicto Vidal Ruiz
el mar 19/05/2009 a las 12:02:00

El tema que indicas, es un principio que atraviesa toda la filosofía tomista, y la filosofìa cristiana occidental. Santo Tomás, pone en un lugar central y más importante a la persona humana; es la creacion más perfecta de la naturaleza, la persona no puede ser instrumentalizada, ni siquiera por la ley, no pude ser medio, ni siquiera de la ley, pues la persona humana es fin en sí mismo y no medio para obtener otro fin distinto a ella misma.

Imagina que la persona fuera para la ley; por ejemplo vas en tu auto por la calle, y se cruza una persona: sigo en el auto total estoy en verde y tengo preferencia, hare cumplir la ley; o a pesar que esta cruzando en rojo me detengo y no la atropello?

En Santo Tomás, toda construccion humana es para la persona y no al reves

Espero haber sido de ayuda,

Saludos,

Benedicto Vidal Ruiz


laura el dom 03/05/2009 a las 13:16:20

la verdad es que me has ayudado mucho para la comprensión del pensamiento tomista, la duda que tengo es en qué se basa Tomás de Aquino para plantear la división de las leyes. Espero me puedas contestar, me sería de mucha ayuda. Desde ya muchas gracias y mis felicitaciones.

Laura


Benedicto Vidal Ruiz
el mar 19/05/2009 a las 12:09:00

Basicamente pensando que la ley es la construccion, descubrimiento e interpretacion de los limites de la voluntad humana, se basa en la jeraquia de los entres, en la jerarquía de la existencia: interpretando la ley divina, descubriendo la ley natural, contruyendo sobre lo anterior la ley humana, poniendo en el centro de la reflexion y sujeto de la ley a la persona humana.

 

Saludos,-----------------

Benedicto Vidal Ruiz


sonia marcela albarracin vasquez el jue 30/04/2009 a las 16:51:02

que significado tiene la suma teologica

 


Benedicto Vidal Ruiz
el mar 19/05/2009 a las 12:13:00

Suma de Teología (todo lo que se puede saber de teología, o sea sabia hasta el momento de teología)

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Benedicto Vidal Ruiz


Cecilia Fuentes Ramos el mié 29/04/2009 a las 14:57:24

Estimado BENEDICTO...

Es la primera vez que entro a una pàgina con tanto conocimiento y sabìduria sobre estos temas, y ademàs muy utiles y entendibles para cualquiera tambien  dirigida por una persona con tantos conocimientos para dar a personas jovenes como yo.

Felicitaciones por ello

Escribia tambien por que me seria muy util  que me ayudes  con mi trabajo sobre la diferencia entre derecho natural y ley divina.

ley divina creo que en la página explica mas su origen y funciòn que su concepto y es eso lo que necesito tambien derecho natural .Este trabajo es para mañana y quisiera que lo pusieras tu repuesto lo antes posible.                   

 muy agradecida  

   


Lucio el jue 12/03/2009 a las 12:07:00

Hola que tal

 

Tengo la duda :  ¿hay alguna diferencia entre Derecho natural y Ley natural? o es el mismo concepto ( desde el punto de vista de Santo Tomas de Aquino claro esta ).

 


Saludos Cordiales


Benedicto Vidal Ruiz
el mar 19/05/2009 a las 12:16:00

El tema se desarrolla in extenso en los post de más abajo.

Saludos,-----------------

Benedicto Vidal Ruiz


Patricio Fernandez el lun 22/12/2008 a las 17:20:06

buenas tarde soy estudiante de derecho y mi prof. me mando a consultar de la ley de santo tomas de aquino, y revisando tu articulo tengo claro y puedo esponer lo que es la ley eterna, natural, humana, pero l ley divina no tengo claro, como seria tu exposicion de la ley divina, para llegar a explicar a tus companeros y al prof. de antemano de agradesco y espero tu respuesta


Benedicto Vidal Ruiz
el lun 22/12/2008 a las 17:49:00

Estimado,

Vamos a ver este  problema que es solo un tema de interpretación. En tanto aplicación de una prescripción, podemos decir que Santo Tomás de Aquino distingue 3 leyes: la ley eterna, la ley natural y la ley humana. Seguramente a la cuarta ley que se refiere su profesor es a la ley divina. Dentro del artículo que está publicado en mi blog, no se especifica sobre la ley divina, y puede que sea un error, pero lo explico ahora, dada su consulta.

Santo Tomás en la Prima Secundae de Suma Teológica, en el tratado de la ley, explica el tema en las siguientes cuestiones:

Cuestión 90: De la esencia de la ley

Cuestión 91: De las distintas clases de leyes

Cuestión 92: de los efectos de la ley

Cietión 93: de la ley eterna

Cuestión 94: de la ley natural

Cuestión 95: de la ley humana

Como ve, Santo Tomás no dedica una cuestión completa a la ley divina, sino que solo la indica en la cuestion 91 (S. Th., I-II, q.91, a4) diciendo: "Por la ley natural participamos de la ley eterna en la medida que lo permita la capacidad de la naturaleza humana. Pero el hombre necesita ser encauzado hacia el último fin sobrenatural; por eso se nos ha agregado una ley  por la divinidad, por medio de la cual se nos participa de un modo más perfecto de la ley eterna"

Por si no le quedara claro le cito ahora in extenso, el a.4 de la q.91:

"Además de la ley natural y de la ley humana, era necesario para la dirección de la vida humana contar con una ley divina. Y esto por cuatro razones. Primera, porque el cometido de la ley es dirigir al hombre a sus actos propios con vistas al último fin. Ahora bien, si el hombre estuviese solamente ordenado a un fin que no excediese el alcance de sus facultades naturales, no necesitaría su razón ninguna dirección superior a la ley natural y a la que de ésta se deriva, la ley humana. Pero como el hombre está ordenado al fin de la bienaventuranza eterna, que sobrepasa el alcance natural e las facultades humanas, según ya expusimos (q.5 a.3), sigúese que necesitab ser conducido a su fin no sólo mediante las leyes natural y humana, sino también mediante una ley dada por Dios. Segunda, porque la incertidumbre de los juicios humanos, sobre todo en asuntos contingentes y particulares, da lugar a que hombres de diversa condición juzguen diversamente acerca de los actos humanos y, en consecuencia, formulen leyes diversas y aun contrarias. Por eso, para que el hombre pueda saber sin ninguna duda lo que ha de hacer o evitar, era necesario que fuera dirigido en sus actos propios por una ley de origen divino, de la que consta que no puede equivocarse. Tercera, porque el hombre no puede dictar leyes más que en aquello de que puede juzgar. Pero el juicio del hombre nada puede decir acerca de los movimientos interiores, que están ocultos, sino sólo acerca de los actos exteriores, que se pueden ver. Y, sin embargo, para la perfección de la virtud se requiere que los actos humanos sean rectos en lo interior y en lo exterior. Así pues, como la ley humana no alcanza a someter y ordenar suficientemente los actos interiores, era necesario que para esto se nos diera además una ley divina. Cuarta, porque, como dice San Agustín en I De lib. arb.9, la ley humana no puede castigar o prohibir todas las acciones malas, pues al tratar de evitar todo lo malo, suprimiría a la vez muchos bienes e impediría el desarrollo del bien común, que es indispensable para la convivencia humana. Por eso, para que ningún mal quedara sin prohibición y castigo, era necesario que sobreviniese una ley divina por la cual quedaran prohibidos todos los pecados. Y estas cuatro razones aparecen insinuadas en el salmo 18,8, donde se dice: La ley del Señor es inmaculada, es decir, no permite ninguna mancha de pecado; convierte el alma, porque dirige no sólo los actos externos, sino también los internos; el testimonio del Señor es fiel, por la certeza de su verdad y rectitud; concede ¡a sabiduría a los pequeños, porque ordena al hombre al fin sobrenatural y divino.

Espero haber contribuído en algo a su trabajo.

Saludos cordiales,

Benedicto Vidal Ruiz
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Benedicto Vidal Ruiz


Soledad Molina A. el sáb 13/12/2008 a las 20:51:33

 

Hola Benedictino;

Gracias por facilitarnos el estudio de la Suma Teológica, no es fácil de entender.

Mi pregunta es; cuándo tu hablas que la ley debe ordenarse al bien común, y cuyo fin último es la felicidad, tengo entendido que para Santo Tomás la felicidad nunca la alcanzaremos en este mundo, sólo en la presencia de Dios, aqui en éste mundo sólo podemos acercanos un poco pero nada más, entonces no estariamos en presencia de otro bien común aqui en la tierra.

Otra pregunta; leí los comentarios y se menciona que para Santo Tomás existirían 4 tipos de leyes, mi pregunta cuál sería la diferencia entre la ley divina y la ley eterna?

De antemano muchas gracias por tu ayuda,

Soledad M.

 

 


Benedicto Vidal Ruiz
el lun 22/12/2008 a las 17:52:00

La ley debe ordenarse al bien común, que es el bien de la comunidad y ésta debe ordenarse hacia la felicidad en tanto y en cuanto, este se nos presenta como bien supremo de la existencia. La felicidad es un anhelo constante, es un estado de plenitud causado por la contemplación de un ser perfecto y eterno, que es Dios. Todo lo realizado en la tierra es moneda para la alcancía de la felicidad.

Con respecto a la ley divina y ley eterna hay un matiz muy pequeño, te adjunto la cita original de Santo Tomás en la Suma Teológica para que veas el  sutil matiz.

 

Saludos cordiales,

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Benedicto Vidal Ruiz

En tanto aplicación de una prescripción, podemos decir que Santo Tomás de Aquino distingue 3 leyes: la ley eterna, la ley natural y la ley humana. Seguramente a la cuarta ley que se refiere su profesor es a la ley divina. Dentro del artículo que está publicado en mi blog, no se especifica sobre la ley divina, y puede que sea un error, pero lo explico ahora, dada su consulta.

Santo Tomás en la Prima Secundae de Suma Teológica, en el tratado de la ley, explica el tema en las siguientes cuestiones:

Cuestión 90: De la esencia de la ley

Cuestión 91: De las distintas clases de leyes

Cuestión 92: de los efectos de la ley

Cietión 93: de la ley eterna

Cuestión 94: de la ley natural

Cuestión 95: de la ley humana

Como ve, Santo Tomás no dedica una cuestión completa a la ley divina, sino que solo la indica en la cuestion 91 (S. Th., I-II, q.91, a4) diciendo: "Por la ley natural participamos de la ley eterna en la medida que lo permita la capacidad de la naturaleza humana. Pero el hombre necesita ser encauzado hacia el último fin sobrenatural; por eso se nos ha agregado una ley  por la divinidad, por medio de la cual se nos participa de un modo más perfecto de la ley eterna"

Por si no le quedara claro le cito ahora in extenso, el a.4 de la q.91:

"Además de la ley natural y de la ley humana, era necesario para la dirección de la vida humana contar con una ley divina. Y esto por cuatro razones. Primera, porque el cometido de la ley es dirigir al hombre a sus actos propios con vistas al último fin. Ahora bien, si el hombre estuviese solamente ordenado a un fin que no excediese el alcance de sus facultades naturales, no necesitaría su razón ninguna dirección superior a la ley natural y a la que de ésta se deriva, la ley humana. Pero como el hombre está ordenado al fin de la bienaventuranza eterna, que sobrepasa el alcance natural e las facultades humanas, según ya expusimos (q.5 a.3), sigúese que necesitab ser conducido a su fin no sólo mediante las leyes natural y humana, sino también mediante una ley dada por Dios. Segunda, porque la incertidumbre de los juicios humanos, sobre todo en asuntos contingentes y particulares, da lugar a que hombres de diversa condición juzguen diversamente acerca de los actos humanos y, en consecuencia, formulen leyes diversas y aun contrarias. Por eso, para que el hombre pueda saber sin ninguna duda lo que ha de hacer o evitar, era necesario que fuera dirigido en sus actos propios por una ley de origen divino, de la que consta que no puede equivocarse. Tercera, porque el hombre no puede dictar leyes más que en aquello de que puede juzgar. Pero el juicio del hombre nada puede decir acerca de los movimientos interiores, que están ocultos, sino sólo acerca de los actos exteriores, que se pueden ver. Y, sin embargo, para la perfección de la virtud se requiere que los actos humanos sean rectos en lo interior y en lo exterior. Así pues, como la ley humana no alcanza a someter y ordenar suficientemente los actos interiores, era necesario que para esto se nos diera además una ley divina. Cuarta, porque, como dice San Agustín en I De lib. arb.9, la ley humana no puede castigar o prohibir todas las acciones malas, pues al tratar de evitar todo lo malo, suprimiría a la vez muchos bienes e impediría el desarrollo del bien común, que es indispensable para la convivencia humana. Por eso, para que ningún mal quedara sin prohibición y castigo, era necesario que sobreviniese una ley divina por la cual quedaran prohibidos todos los pecados. Y estas cuatro razones aparecen insinuadas en el salmo 18,8, donde se dice: La ley del Señor es inmaculada, es decir, no permite ninguna mancha de pecado; convierte el alma, porque dirige no sólo los actos externos, sino también los internos; el testimonio del Señor es fiel, por la certeza de su verdad y rectitud; concede ¡a sabiduría a los pequeños, porque ordena al hombre al fin sobrenatural y divino.

Espero haber contribuído en algo a su trabajo.

 


adriana ruiz el sáb 22/11/2008 a las 13:53:00

hola, tengo una sustentación de la ley natural segun tomas de aquino:

puedo decir que para tomas: la ley natural era revelada por Dios pero que el hombre por la razon debia ordenarla en las normas pero siempre dirigidas al binestar de la sociedad.


Benedicto Vidal Ruiz
el lun 24/11/2008 a las 18:54:00

Pues efectivamente la ley natural es un condición o determinación una norma que es la medida de su misma naturaleza, por lo que el hombre debe orientar las normas y las leyes positiva al bien, a fin de acercarse más perfectamente a la justicia. Todo emana desde la dignidad humana.

Saludos cordiales,

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Benedicto Vidal Ruiz


maria fernanda torres armijio el lun 15/09/2008 a las 15:49:11

ESTIMADO BENEDICTO,

 

LA VERDAD ESTOY MUY COMPLICADA, TENGO QUE HACER UN TRABJO Y LO PEOR ES QUE POR MAS QUE LEO Y ESTUDIO NO ENTIENDO DEL TEMA.

 

TENGO QUE REFERIRME ACERCA DE la ley natural en las propuestas de Tomás de Aquino y Hobbes. Destaque similitudes o diferencias según sea el caso a partir de ello reflexionen acerca de la definición de ser humano y las relaciones sociales

 

me puedes ayudar por favor, bueno el trabajo me lo dieron hoy y lo debo entregar a mas tardar el miercoles 17 de septiembre, asi que te agradeceria si me pudieses ayudar.

 

saludos Fernanda


Benedicto Vidal Ruiz
el sáb 05/04/2008 a las 16:27:00

 Estimada Melanie,

 Reciba un saludo cordial.

Con respecto a sus preguntas puedo recomendarle biblografía y algunas de las respuestas que he dado en este mismo artículo.

1. Con respecto a las formas de gobierno que plantea Santo Tomás de AQuino, debe enmarcarse en su contexto histórico, a fin de no ser objeto de un prejuicio progresista. Ahora bien, sin duda el aquinate prefería la monarquía aotra manera de gobierno, puesto que para el la virtud política era más perfecta si era producto de la unidad, y estimaba que era mucho más probable que existiera corrupción, o malos entendicos entre los goberantes si es que gobernaba una coalisión política. comparaba como he indicado, al gobierno con el capitan que debe llevar al barco a buen puerto, puesto que para el santo patrono, el estado debía garantizar a sus ciudadanos: la felicidad, el bien común y la paz. para complementar este punto le recomiendo un artículo de Juan Antonio Widow, llamado "Escritos políticos de Santo Tomás de AQuino", publicado en Estudios Públicos y el opúsculo "Del Regno" o "Del reino".

2. Con respecto a las leyes, puede encontrar una sintética información en este artículo, don de distingue la ley eterna, ley natural, y ley humana (positiva). para comnplementar este artículo indicativo, le recomiendo el tratato de la Ley en la Prima Secundae de la Suma Teológica, desde la cuestión 90 a la 95.

3. Las cruzadas eran básicamente ejércitos en campañas militares (de cristianos guerreros) ordenadas por el papa para recuperar la Tierra Santa, y liberar los lugares santos que habían sido invadidos por los musulmanes, y los moros. Estas se desarrolaron particularmente enre los siglos XI y el XIII. La palabra cruzadas se deriva por la gran cruz que utilizaban los soldados en su pecho en cada campaña.

Espero haber orientado sus consultas.

Saludos,

Benedicto Vidal Ruiz




victoria el vie 14/03/2008 a las 15:03:55



necesitaria saber que formas de gobierno identifica Santo Tomas
y como plantea la relacion entre la iglesia y poder politico...

gracias

   saludos atte!!!


Benedicto Vidal Ruiz
el sáb 15/03/2008 a las 11:28:00

Estimada Victoria,

Le recomiendo para esta investigación, el breve tratado de Santo Tomás de Aquino "Del Reino" (De Regno). sin embargo algo ya estaba anunciado en el artículo. Para Santo Tomás lo importante en el gobernante o príncipe es que sea virtuoso intelectual y moralmente y mientras menos personas estén involucradas en el gobierno del estado, más perfectamente puede acercarse este a su finalidad que es la felicidad, la paz y el bien común.

Con respecto a  a las formas de gobierno y su vinculación con la Iglesia, definitivamente el aquinate se inclina por la monarquía, y para él no debe haber una separación, ni contradicción entre la Iglesia y el Estado toda vez que este ultimo es un estado político propedéutico para la patria celestial. Con respecto a las otras maneras de gobierno, le recomiendo ller el texto indicado más arriba.

Saludos cordiales,


Benedicto Vidal Ruiz




edher ramoseulogio el jue 17/01/2008 a las 0:26:48
Ante todo ten un saludo coordial de mi persona y paso a preguntarte mira yo estudio la carrera de derecho y en el curso de ciencias de las ideas politicas nos dan un trabajo sobre las leyes de tomasde aquino pero el docente nos manifiesta que son 4 leyes me podrias informar un poco mas sobre esto por favor, bueno esperando una respuesta de su persona paso a agradecerle de ante mano

Benedicto Vidal Ruiz
el jue 17/01/2008 a las 12:19:00

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Estimado,

Vamos a ver este  problema que es solo un tema de interpretación. En tanto aplicación de una prescripción, podemos decir que Santo Tomás de Aquino distingue 3 leyes: la ley eterna, la ley natural y la ley humana. Seguramente a la cuarta ley que se refiere su profesor es a la ley divina. Dentro del artículo que está publicado en mi blog, no se especifica sobre la ley divina, y puede que sea un error, pero lo explico ahora, dada tu consulta.

Santo Tomás en la Prima Secundae de Suma Teológica, en el tratado de la ley, explica el tema en las siguientes cuestiones:

Cuestión 90: De la esencia de la ley

Cuestión 91: De las distintas clases de leyes

Cuestión 92: de los efectos de la ley

Cietión 93: de la ley eterna

Cuestión 94: de la ley natural

Cuestión 95: de la ley humana

Como ve, Santo Tomás no dedica una cuestión completa a la ley divina, sino que solo la indica en la cuestion 91 (S. Th., I-II, q.91, a4) diciendo: "Por la ley natural participamos de la ley eterna en la medida que lo permita la capacidad de la naturaleza humana. Pero el hombre necesita ser encauzado hacia el último fin sobrenatural; por eso se nos ha agregado una ley  por la divinidad, por medio de la cual se nos participa de un modo más perfecto de la ley eterna"

Por si no le quedara claro le cito ahora in extenso, el a.4 de la q.91:

"Además de la ley natural y de la ley humana, era necesario para la dirección de la vida humana contar con una ley divina. Y esto por cuatro razones. Primera, porque el cometido de la ley es dirigir al hombre a sus actos propios con vistas al último fin. Ahora bien, si el hombre estuviese solamente ordenado a un fin que no excediese el alcance de sus facultades naturales, no necesitaría su razón ninguna dirección superior a la ley natural y a la que de ésta se deriva, la ley humana. Pero como el hombre está ordenado al fin de la bienaventuranza eterna, que sobrepasa el alcance natural e las facultades humanas, según ya expusimos (q.5 a.3), sigúese que necesitab ser conducido a su fin no sólo mediante las leyes natural y humana, sino también mediante una ley dada por Dios. Segunda, porque la incertidumbre de los juicios humanos, sobre todo en asuntos contingentes y particulares, da lugar a que hombres de diversa condición juzguen diversamente acerca de los actos humanos y, en consecuencia, formulen leyes diversas y aun contrarias. Por eso, para que el hombre pueda saber sin ninguna duda lo que ha de hacer o evitar, era necesario que fuera dirigido en sus actos propios por una ley de origen divino, de la que consta que no puede equivocarse. Tercera, porque el hombre no puede dictar leyes más que en aquello de que puede juzgar. Pero el juicio del hombre nada puede decir acerca de los movimientos interiores, que están ocultos, sino sólo acerca de los actos exteriores, que se pueden ver. Y, sin embargo, para la perfección de la virtud se requiere que los actos humanos sean rectos en lo interior y en lo exterior. Así pues, como la ley humana no alcanza a someter y ordenar suficientemente los actos interiores, era necesario que para esto se nos diera además una ley divina. Cuarta, porque, como dice San Agustín en I De lib. arb.9, la ley humana no puede castigar o prohibir todas las acciones malas, pues al tratar de evitar todo lo malo, suprimiría a la vez muchos bienes e impediría el desarrollo del bien común, que es indispensable para la convivencia humana. Por eso, para que ningún mal quedara sin prohibición y castigo, era necesario que sobreviniese una ley divina por la cual quedaran prohibidos todos los pecados. Y estas cuatro razones aparecen insinuadas en el salmo 18,8, donde se dice: La ley del Señor es inmaculada, es decir, no permite ninguna mancha de pecado; convierte el alma, porque dirige no sólo los actos externos, sino también los internos; el testimonio del Señor es fiel, por la certeza de su verdad y rectitud; concede ¡a sabiduría a los pequeños, porque ordena al hombre al fin sobrenatural y divino.

Espero haber contribuído en algo a su trabajo.

Saludos cordiales,

Benedicto Vidal Ruiz



jose manuel fernandez el vie 21/12/2007 a las 16:04:32


benedicto:

tu señalas las tres leyes, la ley eterna, la ley natural,pero no me queda claro en que consisteel tercer tipo.

estoy haciendo un trabajo con respecto a esto y agradeceria mucho que me respondieras..

de ante mano,  muchas gracias 


Benedicto el lun 24/12/2007 a las 20:23:08


Sí te explico.

Por un error mío no fui muy claro.

 

Cuando hablo en primer término en ley a secas, es la ley positiva o ley humana. la que dice "prescipción de la razón ...etc. Si bien esa es la definición de ley, en general,se puede atribuir a la de ley humana o positiva indicando que surge también, muchas veces de un acuerdo, y que solo existe ley positiva o ley humana, en tanto exista ley natural o naturaleza humana; pues todo hecho cultural (la ley humana) debe surgir (es un axioma) desde un hecho natural; por lo que se desprende que la mejor pruba de la ley natural, derecho natural o ius naturalismo, es la ley humana o derecho positivo, pues es inconcebible ésta sin un fundamento natural. lo Cultural siempre proviene de lo natural, no puede haber cultura sin naturaleza.

Otra cosa que es buena tener en cuenta es la distinción entre ley eterna y ley divina. En este artículo no me he detenido en este analisis, pero si aún no lo tienes claro en tu trabajo, podría resumir un párrafo para indicártelo.

 

Saludos,

Feliz Navidad

 

Benedicto Vidal Ruiz


natalia el lun 10/12/2007 a las 23:57:53






Muy bueno el artìculo sobre la ley...sobretodo porque estoy haciendo un curso que se llama derecho natural y aunque ya estoy estudiando para el exàmen y creo entender bastante bien la materia me parecio que lo planteó de una manera muy didáctica y mucho más clara que leer directamente los textos de Aquino, claro que a modo de primer acercamiento. Me hubiese gustado tambien encontrar algo de la Ley Divina y Humana.

Felicitaciones por elo blog! muy buenos artículos y de gran calidad.

 

Gracias


Benedicto Vidal Ruiz
el mar 11/12/2007 a las 11:45:00

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Benedicto Vidal Ruiz

Estimada Natalia,

 

Agradezco tus felicitaciones. Lo cierto es que básicamente son artículos académicos los que subo al blog.

Con respecto a los hechas de menos, aparece Ley Eterna y la ley humana como ley a secas. tal vez en una nueva revisión notaras lo que te indico.

 

Saludos,


ROSARIO el mié 14/11/2007 a las 16:25:11




"Un prescripción de la razón, en orden al bien común, promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad”
¿VALE COMO DEFINICIÓN DE LEY PARA UN PARCIAL DE FILOSOFÍA DEL DERECHO????

Benedicto Vidal Ruiz
el mié 14/11/2007 a las 18:22:00

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Estimada Amiga,

Por supuesto que sí vale como una respuesta.

ahora veamos por parte:

Esa es la definición que da Santo Tomás de Aquino acerca de la Ley positiva; por lo tanto es una respuesta dentro de un contexto "Ius naturalista" (aristotélico-tomista). Ahora si estás viendo Filosofía del Derecho desde una perspectiva positivista y te piden una respuesta más especifica desde esa teoría podría variar. Sin embargo el Ius naturalismo y Santo Tomás de Aquino, en Filosfía del Derecho, sientan las bases inamovibles de la reflexión axiológica jurídica y es indesmentible.

Benedicto Vidal Ruiz




ROSARIO el mié 14/11/2007 a las 20:17:57

Muchas gracias Benedicto, fue de gran ayuda, me saqué un 8 ¡y juto me preguntó esa definición!

Curso el cuarto año de profesorado de filosofía en un instituto católico así que la materia está dada en el marco realista.

Fue providencial  encontrar su blog y loseguiré frecuentando.

¡Muchas gracias! 


Benedicto Vidal Ruiz
el vie 16/11/2007 a las 0:20:00

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Estimada amiga,

me alegro mucho que el articulo fuera de ayuda.

Nos estamos leyendo.

Saludos,

Benedicto Vidal Ruiz




melanie el mar 01/04/2008 a las 22:40:55


hola buenas noches disculpe que lo moleste, quisiera hacerle dos preguntas sobre Santo Tomas de Aquino: 1:¿como plantea las formas del gobierno? 2:¿que dice con respecto a las leyes?  y estas otras dos 1:¿cual era el objetivo que tenian las cruzadas? 2:¿cuando se inician y por que?.

Le agradeceria mucho si usted pudiera responderme estas preguntas. que tenga buenas noches







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